Arreglar los papeles del paro, una práctica de alto riesgo

Es frecuente que los empresarios se enfrenten a la petición por parte de alguno de sus trabajadores para “arreglar los papeles del paro”. Lo que subyace a esa petición no es otra cosa que la empresa simule un despido a fin de que la persona trabajadora pueda percibir la prestación de desempleo, en lugar de causar baja voluntaria.

Esta práctica, bastante extendida, parece inocua, pero se trata de un fraude de ley y está perseguida tanto por el SEPE como por la Inspección de Trabajo.

La Ley de infracciones y sanciones del orden social contempla la connivencia entre la empresa y las personas trabajadoras para la obtención de prestaciones como una infracción muy grave para ambas partes.

La empresa se puede enfrentar a una sanción de entre de entre 7.501€ a 225.018 €, mientras que la persona trabajadora, a la extinción de la prestación de desempleo. 

Si bien ha habido alguna sentencia en la que se concluye que el fraude para obtener prestaciones por desempleo no puede presumirse solo en base a indicios valorados por la Inspección de Trabajo, sino que debe acreditarse con pruebas fehacientes, desmontar la presunción de veracidad de las actas de la Inspección resulta harto complicado.

Es por ello, desde RMH, insistimos en que “arreglar los papeles del paro” es una práctica, además de fraudulenta, de alto riesgo para las empresas por las sanciones a las que pueden enfrentarse, y cuyas consecuencias deben valorarse adecuadamente sobre otras consideraciones basadas en la relación que pudiera existir entre el empresario y el trabajador.